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2° Round en el Concejo Deliberante, también perdió por KO el intendente de La Paz



Luego de la primera derrota, la más fuerte políticamente hablando del intendente de La Paz, Bruno Sarubi al proponer una Contadora de su entorno más cercano para ocupar la vacante en la Contaduría Municipal; este miércoles tuvo lugar el segundo intento. En sesión los concejales decidieron por mayoría no dar a acuerdo a la postulación de la Contadora Viviana Isabel Wilhem que fuera propuesta por el Intendente. Un segundo round con igual resultado: 7 votos en contra y 4 a favor. Según manifestó el secretario de Gobierno, el ejecutivo continuará insistiendo con la misma propuesta. Capricho adolescente que le está costando un desgaste interno a Cambiemos que ya se muestra con un bloque de concejales quebrado.




Cometiendo errores infantiles tales como, hacerse presente con gran parte de su equipo ejecutivo y un grupo de aplaudidores, en su mayoría funcionarios de la gestión, el intendente de Cambiemos no solo se expone a una muy evidente crisis política interna, sino que demuestra su falta de acuerdos y estrategias para lograr su cometido. Increíblemente, a la hora de desarrollarse la sesión, también Sarubi expuso en el lugar (Casa de la Cultura), a la propia Contadora de su confianza, protagonista de su propuesta para ocupar el cargo vacante. 


Publica Prensa del HCD

La concejal Rosana Cañete (FpV), leyó el dictamen para la negativa:

“Manifestamos nuestra negativa a prestar el acuerdo solicitado conforme a los fundamentos de hecho y derecho que a continuación se detallan:

1- Que jurídicamente el nombramiento de un funcionario que requiera el acuerdo del Concejo Deliberante se encuentra dentro de los llamados actos administrativos complejos, por cuanto para su perfeccionamiento se requiere su manifestación de voluntad de ambos órganos.

2- Según el art. 53 de la ley 7.896 sobre el código de ética profesional del Consejo de Ciencias económicas expresa claramente cuando un profesional deja de tener independencia en el ejercicio de sus funciones. Un profesional no será considerado independiente respecto de otra persona física o jurídica si durante el tiempo en el cual desarrollo su trabajo o en el periodo en l cual se refiere los documentos o estados sobre los que emite dictamen se dan en algunas de siguientes circunstancias respecto del profesional o uno de sus asociados, en los incisos a y c detalla: a) tenga o haya tenido el compromiso o la opción de poseer algún interés significativo, económico, o financiero directo o indirecto. C) este ligado por la siguiente relación de parentesco, cónyuge, parientes de consanguinidad en línea directa, los colaterales hasta el cuarto grado inclusive, los afines dentro del segundo grado con el dueño, socio, directores…

La función del contador de la municipalidad conforme a ley orgánica de municipios, esta expresada en el capitulo 9, de la contabilidad y el presupuesto, y en su art. 137 dispone que le compete al contador municipal, el registro de las operaciones, el control interno del movimiento presupuestario, económico, financiero, patrimonial, y la suscripción de las ordenes de compra, el pago y las rendiciones de cuenta y esta obligado a dejar por escrito todo gasto y pago ordenado que no se ajustare a las disposiciones legales de la ley u ordenanzas en vigencia.

Segundo: Las previsiones normativas respecto a este tipo de designaciones tienen por fin garantizar que la elección del funcionario tenga algún grado de objetividad e independencia en su funcionamiento por la importancia del cargo a cubrir…
Cuanto mas importante es el cargo a cumplir mayores deben ser las exigencias de idoneidad.

Tercer fundamento: que respecto a las designación de la contadora Viviana Wilhem y en virtud de los fundamentos mencionados consideramos que no se encuentra cubierto el principal requisito para ocupar el referido cargo, habida cuenta que en primer lugar se encuentra unida en legal matrimonio con el Dr Marcelo Brunner, con quien además tiene dos hijas, quien se desempeñaba como secretario de Legal y Técnico en el departamento Ejecutivo municipal desde fines de 2016 hasta mayo de 2018. Siendo este funcionario de mayor confianza del intendente, primo hermano del mismo y que tenía funciones relevantes en la gestión de gobierno…en especial los procesos licitatorios de obras públicas de gran envergadura.

El concepto de idoneidad como recaudo para los cargos públicos supone un conjunto de requisitos de distinta naturaleza que pueden ser estatuidos por ley o reglamento local. Sobre el punto a sostenido la corte Suprema de la Nación que la aptitud técnica, física, y en particular la moral configuran exigencias de carácter genérico.

Que como lo expresan los inciso a y c del articulo 53 de la ley 7896, la designación de la contadora propuesta no cumple con el fundamental requisito de idoneidad para el ejercicio del cargo, habida cuenta que se encuentra comprendida en una situación de interés directo, tanto económico como presupuestario respecto de su cónyuge, así como también los une una relación de parentesco, que hace presumir que no existiría la independencia exigida por la norma, para auditar o controlar los actos de gobierno que ha celebrado su cónyuge y primo del intendente.”, finaliza el dictamen de mayoría.

El dictamen de mayoría fu suscripto por 7 concejales, Siberras, Elorga, Nogueira, Cañete, Geist, Latini, y Segovia.

Luego los concejales de cambiemos María Elorga y cambiemos Independiente, María Teresa siberras ratificaron lo expresado en el dictamen de mayoría y agregaron:

“Creo firmemente en la división de poderes, base toda república, pido se respete mi legitimo cargo de concejal a la hora de tomar decisiones, no voy a negociar mis principios, no me gustan los aprietes, o sugerencias con intenciones político partidario… y considero que no es ético, no compatible, ni moral designar a un pariente en el único órgano de contralor municipal y que trascienda esta gestión”, aseveró la concejal Siberras.

Por su parte la Concejal Elorga expreso al solicitar la palabra: “Me pregunto y le pregunto a la sociedad que me eligió, por que no puedo desistir con la propuesta enviada por el Pte municipal, porque se cuestionan mis argumentos, acaso no vivimos en democracia y como tal debemos respetar ante todo la división de poderes y la pluralidad de opiniones…quiero recordarles que hasta hoy siempre he acompañado, aun en disconformidad, los proyectos y propuestas del ejecutivo, pero quiero recordarles que la ciudadanía que es quien nos eligió, debe ser escuchada y tenida en cuenta, porque es a quien en definitiva nos debemos…haciendo un trabajo de campo, todos me han manifestado compartir mi rechazo al nombramiento, porque están en contra de nombramientos del entorno del intendente y no es la primera vez que lo hace”…

“Quiero aprovechar este momento – sostuvo la edil -, para aclarar una situación que me toca de cerca y ha sido manipulada de mala fe en los medios en estos últimos días, el Dr. Alexis Audisio actual Secretario político del Honorable Concejo Deliberante fue propuesto y elegido en sesión publica con 10 votos afirmativos, con una abstención de quien les habla por considerar que no correspondía, me expidiera ante esta situación, no obstante es oportuno remarcar que el Presidente de este Honorable cuerpo propuso para ocupar ese cargo a la Sra Luciana Duarte y ante el requerimiento de los concejales del bloque Cambiemos incorporo en la terna al actual secretario, en un claro entendimiento de que este tipo de decisiones deben ser tomadas con acuerdo del Concejo, cosa que en este caso concreto de la designación del contador municipal, el intendente jamás intento consensuar respecto a la pretensión formulada y suscripta por 10 de los 11 ediles de este cuerpo. “

“En tanto el Concejal Gustavo Barbosa, como miembro informante con despacho de minoría en disidencia, dio lectura del dictamen de minoría.”Que luego del análisis de la normativa vigente y los antecedentes recabados de la profesional (Wilhem) designada por el Departamento Ejecutivo municipal, se concluye que la misma cumplimenta con las exigencias previstas en el art. 136 de la ley 10.027 y posee además una sólida trayectoria y experiencia profesional que acreditan su idoneidad para el cargo”.

“Que el art. 95 inciso d de la ley 10.027 y sus modificatorias prevé expresamente como deberes y atribuciones del Concejo Deliberante el prestar o negar acuerdo…”

“Es por ello que luego de ser considerado el asunto, bajo tratamiento y los abajo firmantes formalizan este despacho de prestar acuerdo al DEM para designar como contadora municipal a la Sra Viviana Isabel Wilhem. Matricula 2575 CPCE de E.R.

Firmado por concejal Alejo Amavet, Xiomara Silveira, Agustín Revelant, y Gustavo Barbosa.



FUENTE: Prensa HCD La Paz

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